El Comité de Derechos Humanos, tiene como objeto principal conocer y coordinar con el Ministerio del Interior y las demás entidades encargadas de la protección de los Derechos Humanos, las gestiones dirigidas a atender los casos que afecten o puedan llegar a afectar la integridad física de los servidores públicos en el ejercicio de sus funciones y estudiantes regulares de la Universidad del Valle. Este Comité recomendará al Rector, las acciones específicas para cada caso.
A su vez, en 2022, se crea el Comité impulsor de la Política de Convivencia, Derechos Humanos y Cultura de Paz, como un órgano auxiliar consultivo adscrito a la Vicerrectoría de Bienestar Universitario, con el objeto de orientar y liderar la formulación la Política Universitaria de Convivencia, Derechos Humanos, cultura de paz. Si bien, no se crea como un comité decisorio, se consolida como un espacio para el impulso y promoción de la Política de Convivencia.
Comité de DD.HH.
El Vicerrector de Bienestar Universitario o su delegado, quien lo presidirá.
El Jefe de la Oficina Jurídica o su delegado.
Un profesor delegado por CORPUV.
Uno de los representantes estudiantiles delegados al Consejo Académico o Superior designado por el CEU o su delegado/a.
Un decano designado por el Consejo Académico, con su respectivo Suplente.
Un Servidor Público no Docente con su suplente vinculados a la Universidad, en representación del Sindicato Nacional de Trabajadores y Empleados Universitarios de Colombia – Sintraunicol -, Seccional Cali y designado por SINTRAUNICOL.
Comité Impulsor para la Política Universitaria de Convivencia, Derechos Humanos y Cultura de Paz
1. El vicerrector de Bienestar Universitario o su delegado, quien lo presidirá.
2. El jefe de la Oficina Jurídica o su delegado.
3. El director de Regionalización o su delegado.
4. Un delegado de decanos.
5. El jefe de la Oficina de Planeación o su delegado.
6. El jefe de la Sección de Seguridad y Vigilancia o su delegado.
7. La directora del Centro de Estudios de Género o su delegado.
8. El representante profesor al Consejo Académico.
9. Un representante del Comité de Derechos Humanos adscrito a la Vicerrectoría de Bienestar.
10. El jefe la División de Recursos Humanos o su delegado.
11. Un representante estudiantil ante el Consejo Académico.
12. Representante de grupos de investigación relacionados con el tema de convivencia, derechos humanos y cultura de paz.

Etapa 1 - Poner en conocimiento el caso: El estudiante o funcionario puede instaurar la respectiva petición a la Oficina de Quejas y Reclamos PQRSD (ubicada actualmente en la Torre de Ingenierías (3 Piso), o directamente a la Oficina de la Vicerrectoría de Bienestar Universitario.
Etapa 2 - Estudio preliminar del caso: Quien reciba la información deberá solicitar los soportes probatorios pertinentes. En caso de dudas sobre los documentos para aportar, pueden escribir directamente al email Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., donde se indicarán los instructivos a seguir.
Etapa 3- Convocatoria del Comité de Derechos Humanos: Remitidos los correspondientes soportes probatorios y con el fin de garantizar el Debido Proceso, el Comité de Derechos Humanos se reunirá, previa verificación del quórum, y allí se recomendarán las acciones a seguir a la Dependencia pertinente.
Etapa 4: Archivo del Expediente: Una vez la Dependencia competente dentro de la Universidad del Valle informe sobre la realización del trámite recomendado por el Comité de Derechos Humanos se archivará el expediente, si se tratare de una Dependencia externa la que deba realizar la respectiva diligencia, se hará el respectivo seguimiento hasta su finalización.