Los afiliados cotizantes y los beneficiarios del Servicio de Salud de la Universidad del Valle, son definidos por la Ley 647 de 2001, modificada por la Ley 1443 del 2011:
El Servicio de Salud de la Universidad del Valle, únicamente podrá tener como afiliados a los miembros del personal académico, a los empleados y trabajadores de la respectiva Universidad, y a las personas que al término de su relación laboral se encuentren afiliadas al Sistema Universitario de Salud y adquieran el derecho a la Pensión con la misma Universidad o con el Sistema General de Pensiones, como se describe a continuación:
El funcionario activo se convierte en cotizante en el momento que realiza la etapa de inscripción al Servicio de Salud de la Universidad del Valle. En el caso de traslado entre EPS de regímenes diferentes, el trámite es realizado por la División de Recursos Humanos. Una vez finalizado el proceso, remiten la documentación respectiva informando la aceptación del traslado al Servicio de Salud de la Universidad, con el fin de realizar la inscripción y carnetización del usuario.
Las afiliaciones se pueden dar por:
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